La Ley N° 1707, promulgada el 13 de septiembre de 1996, aprueba el Convenio de Crédito entre la República de Bolivia y el Fondo OPEP, firmado el 15 de marzo de 1996 en Viena, por un monto de $5,000,000 destinados a cofinanciar el Proyecto de Saneamiento Básico y Agua para el Área Rural del País. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1707
LEY DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1996
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el Artículo 59 Atribución 5ta., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (FONDO OPEP), el día 15 de marzo de 1996, en Viena - Austria por un monto de CINCO MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS ($US. 5.000.000.-), destinados a cofinanciar el Proyecto de Saneamiento Básico y Agua para el Area Rural del País.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Guido Capra Jemio, Imel Copa Velásquez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernando Candia Castillo.