La Ley Nº 1710, promulgada el 1 de octubre de 1996, aprueba y ratifica el Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur, firmado por Bolivia el 30 de septiembre de 1994 en Ginebra, conforme al Artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1710
LEY DE 1º DE OCTUBRE DE 1996
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 12a., de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur, suscrito en la ciudad de Ginebra el 1 de septiembre de 1994 y firmado por Bolivia el 30 del mismo mes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis años.
Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Guido Capra Jemio, Imel Copa Velásquez, Hugo Baptista Orgaz.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, José G. Justiniano Sandoval.