La Ley Nº 1755, promulgada el 23 de enero de 1997, aprueba y ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Brasil para la exención de impuestos relacionados con la implementación del Proyecto del Gasoducto Bolivia-Brasil, firmado el 5 de agosto de 1996. Esta norma se emite en cumplimiento del Artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado y se remite al Poder Ejecutivo para su ejecución.
LEY Nº 1755
LEY DE 23 DE ENERO DE 1997
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Bolivia y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Exención de Impuestos relativos a la Implementación del Proyecto del Gasoducto Bolivia-Brasil, suscrito en Brasilia, el 5 de agosto de 1996.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de enero de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Horacio Torres Guzmán, Imel Copa Velásquez, Ismael Morón Sánchez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, José Guillermo Justiniano Sandoval, Jaime Villalobos Sanjinés.