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Ley1759 Vigente

Ley N° 1759

Asamblea Legislativa Plurinacional
28 de agosto de 2026

28 DE AGOSTO DE 2026 .- Aprueba el Contrato de Préstamo N° 5808/OC-BO para el “Programa de Ampliación de la Red de Mi Teleférico para una Movilidad Eléctrica Sostenible e Inclusiva para La Paz”, suscrito el 24 de noviembre de 2023, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, por un monto de hasta $us62.000.000.- (Sesenta y Dos Millones 00/100 Dólares Estadounidenses).

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LEY N° 1759 LEY DE 28 DE AGOSTO DE 2026

RODRIGO PAZ PEREIRA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° 5808/OC-BO para el "Programa de Ampliación de la Red de Mi Teleférico para una Movilidad Eléctrica Sostenible e Inclusiva para La Paz", suscrito el 24 de noviembre de 2023, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, por un monto de hasta $us62.000.000.- (Sesenta y Dos Millones 00/100 Dólares Estadounidenses).

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo N° 5808/OC-BO, aprobado por la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil veintiséis.

Fdo. C. Soledad Chapetón Tancara,  Roberto Julio Castro Salazar, Yasmin Estívariz Villaroel, Jose Maldonado Gemio, Julio Diego Romaña  Galindo, Glenda M, Aguilera Padilla.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil veintiséis.

Fdo. Rodrigo Paz Pereira, Fernando Hugo Aramayo Carrasco, Christian Andréz Morales Burgos, Mauricio Zamora Liebers.

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