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LeyN° 1778 Vigente

Ley N° 1778

Asamblea Legislativa Plurinacional
19 de octubre de 2026

19 DE OCTUBRE DE 2026 .- Aprueba el Convenio de Préstamo 9927-BO para el "Proyecto de Protección Económica y Transformación Social en Bolivia", suscrito el 10 de febrero de 2026, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF del Banco Mundial – BM, por un monto de hasta $us200.501.255.- (Doscientos Millones Quinientos Un Mil Doscientos Cincuenta y Cinco 00/100 Dólares Estadounidenses).

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LEY N° 1778 LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 2026

RODRIGO PAZ PEREIRA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Préstamo 9927-BO para el "Proyecto de Protección Económica y Transformación Social en Bolivia", suscrito el 10 de febrero de 2026, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF del Banco Mundial – BM, por un monto de hasta $us200.501.255.- (Doscientos Millones Quinientos Un Mil Doscientos Cincuenta y Cinco 00/100 Dólares Estadounidenses).

II. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, deberá informar a detalle, semestralmente, de manera oral y escrita, a la Asamblea Legislativa Plurinacional, adjuntando la documentación de respaldo pertinente, sobre el uso, destino y ejecución de los recursos del Convenio de Préstamo 9927-BO para el "Proyecto de Protección Económica y Transformación Social en Bolivia", a partir de la publicación de la presente Ley, hasta la conclusión de la atención de los compromisos y obligaciones asumidas por el Estado Plurinacional de Bolivia, con los recursos provenientes del presente Convenio de Préstamo.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veintiséis.

Fdo. Diego E. M. Ávila Navajas, Daniela Cabrera Guillen, Julio Diego Romaña Galindo, Mario Lima Paz, Rosa Tatiana Añez Carrasco, M. Khaline Moreno Cárdenas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiséis.

Fdo. Rodrigo Paz Pereira, Fernando Hugo Aramayo Carrasco, Christian Andrés Morales Burgos.

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