La Ley No 1790, promulgada el 3 de octubre de 1997, autoriza la enajenación de la aeronave DC-854 F, matrícula CP-2217, mediante remate por concurso de propuestas, conforme al Artículo 59, inciso 7) de la Constitución Política del Estado y siguiendo las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecidas en la Resolución Suprema Nº 216145 de 3 de agosto de 1995.
LEY No 1790
LEY DE 3 DE OCTUBRE DE 1997
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59, inciso 7) de la Constitución Política del Estado, se autoriza la enajenación de la Aeronave DC-854 F, matrícula CP-2217, a título oneroso, por la modalidad de remate por concurso de propuestas, aplicando las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, contenidas en la Resolución Suprema Nº 216145 de 3 de agosto de 1995.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez y siete días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Gonzalo Aguirre V.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ivo Kuljis Kutchner.