La Ley No 1793, promulgada el 28 de octubre de 1997, aprueba el Convenio de Crédito entre la República de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), firmado el 5 de agosto de 1997 en Roma, por un monto equivalente a 5.850.000 Derechos Especiales de Giro (DEG), destinado a financiar el Proyecto de Servicios de Asistencia Técnica a Pequeños Productores. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY No 1793LEY DE 28 DE OCTUBRE DE 1997
HUGO BANZER SUAREZPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) el día 5 de agosto de 1997, en Roma, Italia, por un monto en varias monedas equivalente a CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 5.850.000), destinado a financiar el Proyecto de Servicios de Asistencia Técnica a Pequeños Productores.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitres días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Wálter Guiteras, Denis Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Loza Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, Luis Freddy Conde López.