La Ley Nº 1797, promulgada el 17 de noviembre de 1997, declara de prioridad nacional la construcción del Aeropuerto Internacional de Lequezana en la Provincia Cornelio Saavedra, Potosí, destinado al transporte de pasajeros y carga. Se crea un Comité Impulsor del proyecto, encargado de gestionar recursos financieros para el desarrollo del proyecto de factibilidad, obras de ingeniería, diseño final y estudio de impacto ambiental. Este Comité estará presidido por un representante de la Brigada Parlamentaria Potosina e incluirá representantes del Ministerio de Desarrollo Económico, del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión y de la Prefectura de Potosí.
LEY Nº 1797
LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1997
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Porcuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional, la construcción del Aeropuerto Internacional de Lequezana, ubicado en la Provincia Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí, con destino al transporte nacional e internacional de pasajeros y carga.
ARTICULO SEGUNDO.- Créase el Comité Impulsor del proyecto Aeropuerto Internacional de Lequezana con el propósito de efectuar todas las gestiones tendentes a la consecución de los recursos financieros para la elaboración del proyecto de factibilidad, obras de ingeniería, diseño final y el respectivo estudio de impacto ambiental. Dicho Comité estará presidido por un representante de la Brigada Parlamentaria Potosina e integrada por un representante del Ministerio de Desarrollo Económico, del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión y un representante de la Prefectura del Departamento de Potosí.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V. Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete años.
FDO.HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Ivo Kuljis Futchner, Jorge Crespo Velasco.