La Ley Nº 1811, promulgada el 16 de diciembre de 1997, aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y la Commonwealth Development Corporation (CDC) sobre las condiciones de operación de esta agencia en el país, firmado el 20 de mayo de 1997 en La Paz. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
LEY Nº 1811
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 1997
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad al artículo 59, Atribución l2a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de la República de Bolivia y la Commonwealth Development Corporation (CDC) Agencia Bilateral para Financiamiento de Desarrollo del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña sobre las condiciones de Operaciones de la Commonwealth Development Corporation de la República de Bolivia, suscrito en La Paz, el 20 de mayo de 1997.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca V., Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya.