La Ley Nº 1829 autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia onerosa de un lote de terreno, ubicado en la Zona de Kallpani, calle No 35, lote No 3, Código Catastral No 44-381-3, de propiedad de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, a la Alcaldía Municipal de La Paz, con el objetivo de atender demandas sociales de infraestructura de primera necesidad. La transferencia se justifica por su interés público y debe ser ejecutada conforme a los fines constitucionales.
LEY Nº 1829
LEY DE 20 DE FEBRERO DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Poder Ejecutivo, la transferencia a título oneroso en favor de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz en la Zona de Kallpani, calle No 35, lote No 3, Código Catastral No 44-381-3 perteneciente a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, por tratarse de una transferencia de interés público, y para poder atender demandas sociales de infraestructura de primera necesidad.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Román Loayza Caero.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, Ivo Kuljis Futchner.