La Ley No 1841, promulgada el 7 de abril de 1998, declara de prioridad nacional la rehabilitación de la carretera Cochabamba - Santa Cruz en su totalidad y encomienda al Poder Ejecutivo gestionar urgentemente los recursos necesarios para el asfaltado del tramo Sillar, que forma parte de la carretera Interoceánica.
LEY No 1841
LEY DE 7 DE ABRIL DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional la Rehabilitación de las Carreteras Cochabamba - Santa Cruz en su integridad.
ARTICULO SEGUNDO.- Se encomienda al Poder Ejecutivo gestione a la brevedad posible los recursos para el asfaltado del Sillar por ser parte de la carretera Interoceánica.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, Ivo Kuljis Futchner.