La Ley No 1847, promulgada el 7 de abril de 1998, aprueba un Convenio de Préstamo entre el Ministerio de Hacienda de Bolivia y NATEXIS BANQUE de Francia por un monto máximo de 60 millones de francos franceses, destinado a financiar la compra de bienes y servicios franceses para los proyectos de "Tratamiento de Aguas Negras de Cochabamba" y "Semaforización para la ciudad de Santa Cruz". La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY No 1847
LEY DE 7 DE ABRIL DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 5a., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Préstamo suscrito entre el Ministerio de Hacienda actuando en nombre y por cuenta del Gobierno de la República de Bolivia y el NATEXIS BANQUE actuando en nombre y por cuenta del Gobierno de la República de Francia por un, monto máximo de sesenta millones de, FRANCOS FRANCESES (FF. 60.000.000), destinados a financiar la compra en Francia de bienes y servicios franceses relativos a los proyectos "Tratamiento de Aguas Negras de Cochabamba", y "Semaforización para la ciudad de Santa Cruz".
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, lvo Kuljis Futchner.