La Ley Nº 1896, promulgada el 18 de septiembre de 1998, aprueba y ratifica el Acuerdo Complementario al Acuerdo para el aprovechamiento múltiple de los recursos de alta cuenca del Río Bermejo y del Río Grande de Tarija, estableciendo la creación de una Comisión Binacional entre Argentina y Bolivia para implementar una contribución aplicable a la generación de energía. La ley se emite conforme al Artículo 59, atribución 5a, de la Constitución Política del Estado y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1896
LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 5a., de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo Complementario al Acuerdo para el aprovechamiento Múltiple de los Recursos de alta Cuenca del Río Bermejo y del Río Grande de Tarija; Creación de la Comisión Binacional entre la República Argentina y la República de Bolivia para la creación de una Contribución Aplicable a la Generación de Energía, suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 24 de abril de 1998.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Mario Paz Zamora, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Augusto Valda Vargas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco.