La Ley Nº 1931, promulgada el 21 de diciembre de 1998, declara de prioridad nacional la colocación de la carpeta asfáltica en la carretera Camiri – Yacuiba. El Poder Ejecutivo es responsable de buscar financiamiento para la elaboración de estudios y la ejecución de las obras correspondientes.
LEY Nº 1931
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Primero.- Declárese de prioridad nacional la colocación de la carpeta asfáltica en la carretera Camiri – Yacuiba.
Artículo Segundo.- El Poder Ejecutivo queda encargado de la búsqueda de financiamiento para la elaboración de los estudios y la ejecución de las obras.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Rubén E. Poma Rojas, Augusto Valda Vargas, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco.