La Ley Nº 1933, promulgada el 21 de diciembre de 1998, aprueba y ratifica la adhesión de Bolivia a la Enmienda del Protocolo de Montreal de 1987, que busca proteger la capa de ozono. Esta ratificación se basa en el Artículo 59, atribución 12a de la Constitución Política del Estado, y se formaliza tras la Novena Reunión de las Partes en Montreal, Canadá, en septiembre de 1997. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1933
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 12a. De la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la adhesión a la Enmienda del Protocolo de Montreal Relativo a las sustancias que Agotan la Capa de Ozono de 1987 (Enmienda de Montreal), adoptada en la Novena Reunión de las Partes, celebrada en la ciudad de Montreal, Canadá del 15 al 17 de septiembre de 1997.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Rubén E. Poma Rojas, Augusto Valda Vargas, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Erick Reyes Villa Bacigalupi.