La Ley Nº 1935 autoriza la transferencia gratuita de terrenos de Y.P.F.B. residual al Gobierno Municipal de Santa Cruz, incluyendo un lote de 70.948,08 m² en "El Mechero" y otro de 14.292,10 m² en el Pozo SCZ-7. Se respeta el derecho propietario de Y.P.F.B. sobre 5.322,05 m² en el Pozo SCZ-7. Los terrenos se destinarán a la construcción de infraestructura pública: una plaza en "El Mechero" y un módulo educativo en el Pozo SCZ-7, en convenio con el Fondo de Inversión Social. Y.P.F.B. será responsable del sellado definitivo del Pozo SCZ-7.
LEY Nº 1935
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
D E C R E T A :
Artículo Primero.- (TRANSFERENCIA A TITUTO GRATUITO).- Autorízase la transferencia a título gratuito de conformidad con el Artículo 59, numeral 7, de la Constitución Política del Estado, en favor del Gobierno Municipal de la ciudad de Santa Cruz, los siguientes terrenos de propiedad de Y.P.F.B. residual, ubicados en el Campo Santa Cruz:
El lote correspondiente al área llamado “EL MECHERO”, con una superficie de 70.948,08 Mts.2.
Lote correspondiente al Pozo SCZ-7 con una superficie de 14.292.10 mts2.
Artículo Segundo.- (DERECHO PROPIETARIO).- Se respeta el derecho propietario de Y.P.F.B. residual sobre una superficie de 5.322,05 Mts2 en el lote Pozo SCZ-7, correspondiente en una franja ubicada al lado Este del terreno de 160 Mts. de largo y 33,26 Mts. de ancho.
Artículo Tercero.- (DESTINO).- La totalidad de la superficie transferida está destinada, exclusivamente a la siguiente infraestructura:
Lote el “Mechero”
Plaza principal ciudadela “Andrés Ibáñez” (Plan 3.000)
Para uso público de acuerdo a planificación del Gobierno Municipal
Areas verdes
Lote Pozo SCZ – 7
Artículo Cuarto.- Y.P.F.B., se hará cargo del sellado definitivo del Pozo SCZ – 7 con todas las especificaciones técnicas requeridas.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Rubén E. Poma Rojas, Augusto Valda Vargas, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga.