La Ley Nº 1938, promulgada el 10 de febrero de 1999, autoriza la transferencia de terrenos en el Parque Industrial de Santa Cruz, propiedad de la Ex-CORDECRUZ y la Prefectura Departamental, a la Universidad Privada de Santa Cruz de la Sierra (UPSA) y a la Fundación Santa Cruz de la Sierra, conforme a los contratos Nº 120/90 y 313/97, que fueron protocolizados y homologados por el Consejo Departamental de Santa Cruz el 12 de diciembre de 1997.
LEY Nº 1938
LEY DE 10 DE FEBRERO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- De acuerdo con el Artículo 59, inciso 7º de la Constitución Política del Estado; se autoriza la transferencia a título de compra-venta de los terreno ubicados en el Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz de propiedad de la Ex - CORDECRUZ y Prefectura Departamental, en favor de la Universidad Privada de Santa Cruz de la sierra (UPSA) y de la Fundación Santa Cruz de la Sierra, de acuerdo a los contratos Nº 120/90 y 313/97 protocolizados mediante Notaría de Hacienda y homologados por el Consejo Departamental de Santa Cruz, mediante Resolución de fecha 12 de diciembre de 1997.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Tito Hoz de Vila Quiroga.