La Ley N° 1950, promulgada el 18 de marzo de 1999, declara el templo jesuítico colonial del pueblo de Porongo, en la provincia Andrés Ibañez, departamento de Santa Cruz, como monumento nacional. Esta declaración implica la protección y conservación del sitio, y su gestión queda bajo la responsabilidad del Poder Ejecutivo, conforme a las disposiciones constitucionales.
LEY N° 1950
LEY DE 18 DE MARZO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- Declárase monumento nacional el templo jesuítico colonial del pueblo de Porongo, capital de la Segunda Sección de la Provincia Andrés Ibañez en el Departamento de Santa Cruz.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Tito Hoz de Vila Quiroga.