La Ley N° 1954, promulgada el 18 de marzo de 1999, aprueba la adhesión de Bolivia al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar de 1974 y su protocolo de Enmienda de 1978 (SOLAS 74/78), conforme al Artículo 59, Atribución 12a de la Constitución Política del Estado. Esta norma establece el compromiso del país en materia de seguridad marítima, obligando a su cumplimiento y aplicación en el ámbito nacional.
LEY N° 1954
LEY DE 18 DE MARZO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- De conformidad al Artículo 59, Atribución 12a de la Constitución Política del Estado, se aprueba la adhesión al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar de 1974 y su protocolo de Enmienda de 1978 (SOLAS 74/78).
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Fernando Kieffer Guzmán.