La Ley N° 1956, promulgada el 18 de marzo de 1999, aprueba la adhesión de Bolivia al Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, conforme al Artículo 59, Atribución 12a de la Constitución Política del Estado. Esta norma establece el compromiso del país en la regulación y prevención de la contaminación marina, delegando al Poder Ejecutivo la implementación de las disposiciones necesarias para su cumplimiento.
LEY N° 1956
LEY DE 18 DE MARZO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO Único.- De conformidad al Artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba la adhesión al Convenio sobre la Prevensión de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Fernando Kieffer Guzmán, Erick Reyes Villa Bacigalupi.