La Ley Nº 1969, promulgada el 24 de marzo de 1999, suspende la aplicación del Artículo 11 de la Ley 1702 durante la Gestión Fiscal 1999, limitando el gasto corriente financiado con ingresos del dominio exclusivo municipal en un 40%. Esta medida se implementa hasta la aprobación del proyecto de Ley Orgánica de Gobiernos Municipales.
LEY Nº 1969
LEY DE 24 DE MARZO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- Entretanto se aprueba el proyecto de Ley Orgánica de Gobiernos Municipales, se establece que durante la Gestión Fiscal 1999 queda en suspenso la aplicación del Artículo 11 de la Ley 1702 de 17 de julio de 1996, dificultándose para dicha gestión un 40% el limíte máximo del gasto corriente financiado con ingresos provenientes del dominio exclusivo municipal.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Rubén E. Poma Rojas, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gómez.
Por tanto, la promulgo para que tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Erick Reyes Villa Bacigalupi.