La Ley Nº 1987, promulgada el 22 de julio de 1999, declara de prioridad nacional la construcción de una Avenida de Circunvalación Metropolitana que conectará las ciudades de La Paz y El Alto, facilitando el acceso a corredores interoceánicos. El Poder Ejecutivo es responsable de contratar los estudios de prefactibilidad y ejecutar la obra.
LEY Nº 1987
LEY DE 22 DE JULIO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional la construcción de una Avenida de Circunvalación Metropolitana que unirá las ciudades de La Paz y el Alto; como una vía de conexión con los corredores interoceánicos.
ARTICULO SEGUNDO.- El Poder Ejecutivo queda encargado de contratar los estudios de prefactibilidad, así como la ejecución de la obra.
Remítase al poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Mario Paz Zamora, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas, José Luis Lupo Flores.