La Ley Nº 1993, promulgada el 28 de julio de 1999, modifica el convenio entre el Poder Ejecutivo y la Fundación INFOCAL, revirtiendo al Estado la Ex Granja Escuela Guadalquivir en Tarija. Esta propiedad se transfiere a la Alcaldía Municipal de Cercado para programas comunitarios, con financiamiento del Poder Ejecutivo. Además, se autoriza al Gobierno Municipal a otorgar en usufructo por 30 años hasta 3 hectáreas en "Las Barracas" a INFOCAL para la construcción de infraestructura destinada a programas de capacitación laboral.
LEY Nº 1993
LEY DE 28 DE JULIO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Se dispone la Modificación del Convenio Nacional suscrito entre el Poder Ejecutivo con la Fundación INFOCAL, revirtiendo a dominio del Estado la Ex Granja Escuela Guadalquivir que comprende sus instalaciones y terrenos ubicados en el cantón Lazareto de la Sección Municipal de Cercado del Departamento de Tarija.
ARTICULO SEGUNDO.- Se transfiere a dominio de la H. Alcaldía Municipal de la Sección Municipal de Cercado del Departamento de Tarija la Ex–granja Escuela Guadalquivir, descrita en el artículo precedente con destino exclusivo a programas municipales de beneficio comunitario, los cuales serán respaldados con financiamiento por las diferentes instancias del Poder Ejecutivo Central.
ARTICULO TERCERO.- Autorizar al Gobierno Municipal de la Sección de Cercado del departamento de Tarija, la otorgación en calidad de usufructo por el término de 30 años, a la fundación INFOCAL – Tarija, terrenos ubicados en la zona “Las Barracas”, en una superficie de hasta tres (3) hectáreas, que estarán destinados a la construcción de infraestructura para sus Programas de Capacitación Laboral.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitres días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Mario Paz Zamora, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Franz Rivero Valda, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas, Luis Vasquez Villamor.