La Ley Número 201 ratifica el Convenio sobre la Protección e Integración de las Poblaciones Indígenas y de Otras Tribales y Semitribuales, suscrito en la Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra el 26 de junio de 1957. Esta ratificación implica el compromiso del Estado para implementar medidas que protejan y integren a estas poblaciones en el marco legal y social del país. La ley fue promulgada el 28 de noviembre de 1962 y se comunica al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY NUMERO 201
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Ratifícase el Convenio relativo a la Protección e Integración de las POBLACIONES INDIGENAS Y DE OTRAS TRIBUALES Y SEMITRIBUALES EN LOS PAISES INDEPENDIENTES, suscrito en la Conferencia Internacional del Trabajo en su Cuadragésima reunión, realizada en Ginebra el 26 de junio de mil novecientos cincuenta y siete años.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 15 de noviembre de 1962.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Flores A., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ciro Humboldt B., Senador Secretario, Eduardo Ochoa, Senador Secretario, Hugo Suárez G., Diputado Secretario, Stanley Gamberos, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman Velarde, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.