La Ley N° 2018, promulgada el 7 de octubre de 1999, eleva a la población de San Borja, capital de la Segunda Sección de la Provincia Mariscal José Ballivián del Departamento del Beni, al rango de ciudad. Esta disposición debe ser cumplida y ejecutada conforme a lo establecido en la normativa constitucional.
LEY N° 2018
LEY DE 7 DE OCTUBRE DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL NONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- Elévase a rango de Ciudad a la población de San Borja, Capital de la Segunda Sección de la Provincia Mariscal José Ballivián del Departamental del Beni.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Felix Sánchez Veizaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Edmundo San Martín Ballivián MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Erick Reyes Bacigalupi.