La Ley N° 2046 autoriza a la Prefectura de Cochabamba a enajenar sus acciones telefónicas a la Cooperativa Mixta de Teléfonos Cochabamba Ltda. (COMTECO) por un valor de $600,000, que deberá ser transferido a la administración del nuevo Hospital Viedma para la adquisición de equipos y bienes mediante licitación pública. Además, el Ministerio de Hacienda debe incluir este monto en el presupuesto adicional para la transferencia de recursos al hospital.
LEY N° 2046
LEY DE 24 DE ENERO DE 2000
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar a la Prefectura de Cochabamba la enajenación de sus acciones telefónicas en beneficio de la Cooperativa Mixta de Teléfonos Cochabamba Ltda. – COMTECO, por un valor de SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS 00/100 ($US. 600.000.00), monto que deberá ser transferido a la Administración del nuevo Hospital Viedma, con destino exclusivo a la adquisición de equipos y bienes mediante licitación pública.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Hacienda deberá consignar un presupuesto adicional, incorporando el importe de la venta de las indicadas acciones, a las partidas de ingreso y egresos, para la transferencia de los recursos a la administración del nuevo Hospital Viedma.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho dias del mes de enero de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos Garcia Suarez, Jorge Sensano Zárate, Félix Sánchez Veizaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y se cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dias del mes de enero de dos mil años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Fránz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas, Guillermo Cuentas Yañez.