La Ley N° 2058 autoriza al Gobierno Municipal de Sucre a transferir, a título oneroso, nueve lotes del proyecto de Ordenamiento de Lotes de la Zona de El Tejar, sector Villa Fátima, a los propietarios adyacentes identificados en la Resolución Municipal N° 162/91 del 27 de diciembre de 1991. Esta transferencia se realiza en virtud de la atribución conferida por el artículo 59, Numeral 7) de la Constitución Política del Estado.
LEY N° 2058
LEY DE 8 DE MARZO DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- En uso de la atribución conferida por el artículo 59, Numeral 7) de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Sucre transferir a título oneroso nueve lotes que conforman el proyecto de Ordenamiento de Lotes de la Zona de El Tejar, sector Villa Fátima, en favor de los propietarios adyacentes que figuran en la Resolución Municipal N° 162/91 de 27 de diciembre de 1991.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez , Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de marzo de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas.