La Ley Nº 2063, promulgada el 27 de marzo de 2000, transfiere gratuitamente dos tanques de 22,000 litros cada uno, de la Empresa Nacional de Ferrocarriles a la Prefectura del Departamento de Chuquisaca. Se encomienda al Municipio de Macharetí la implementación de estos tanques para el abastecimiento hídrico de las comunidades de Simbolar, Cuatro Vientos, Ipauzo y Estación Macharetí. Las instituciones mencionadas son responsables del cumplimiento de la ley.
LEY Nº 2063
LEY DE 27 DE MARZO DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO PRIMERO.- Transfierese a título gratuito los dos tanques de una capacidad aproximada de veintidós mil litros cada uno, que se encuentran en la Estación Aniceto Arce de la ciudad de Sucre y de propiedad de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, en favor de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca.
ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase al Municipio de Macharetí en la Provincia Luis Calvo del Departamento de Chuquisaca, la implementación de los bienes transferidos para abastecimiento hídrico, a favor de las comunidades de Simbolar, Cuatro Vientos, Ipauzo y Estación Macharetí.
ARTICULO TERCERO.- Quedan encargadas del cumplimiento a lo dispuesto, las instituciones comprendidas en la presente Ley.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Franz Rivero Valda, Félix Sánchez Veizaga.
Por, tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil años
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas, José Luis Lupo Flores.