La Ley N° 2086 autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) a transferir, a título oneroso, dos inmuebles en Camiri, con una superficie total de 16.175,50 m², al Vicariato Apostólico de Cuevo para el funcionamiento de la Universidad Salesiana de Bolivia. El precio de la transferencia será acordado entre las partes.
LEY N° 2086
LEY DE 26 DE ABRIL DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.) la transferencia, a título oneroso, de los inmuebles ubicados en la Avenida Mariscal Santa Cruz y Quebrada Cauqueguazú del Campamento Central de YPFB de la ciudad de Camiri, con una superficie de terreno de 16.175,50 metros cuadrados y una superficie constituida de 2.265,28 metros cuadrados, en favor del Vicariato Apostólico de Cuevo, dependiente de la Iglesia Católica, con destino al funcionamiento de la Universidad Salesiana de Bolivia.
ARTICULO SEGUNDO.- El precio de dicha transferencia será determinado por acuerdo de partes.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de abril de dos mil.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Walter Guiteras Denis,José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga,