La Ley N° 2092, promulgada el 8 de junio de 2000, aprueba el "Convenio entre la República de Bolivia y la República del Perú para la Recuperación de Bienes Culturales y otros específicos, Robados, Importados o Exportados Ilícitamente", firmado el 14 de diciembre de 1998. Esta norma se enmarca en el ejercicio de atribuciones constitucionales y establece un marco legal para la cooperación entre ambos países en la recuperación de bienes culturales de origen ilícito.
LEY N° 2092
LEY DE 8 DE JUNIO DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59ª, atribución 12ª., de la Constitución Política del Estado, se aprueba el “Convenio entre la República de Bolivia y la República del Perú, para la Recuperación de Bienes Culturales y otros específicos, Robados, Importados o Exportados Ilícitamente”, suscrito el 14 de diciembre de 1998.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Félix Sánchez Veizaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de junio de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo, MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Walter Guiteras Denis, Tito Hoz de Vila Quiroga.