La Ley N° 2093 aprueba el "Protocolo Adicional al Convenio de Migración" entre Bolivia y Argentina, firmado el 16 de diciembre de 1999, que establece un plazo de 180 días para que los nacionales de una de las partes regularicen su situación migratoria en el territorio de la otra parte. La ley fue promulgada el 8 de junio de 2000 y se ordena su cumplimiento.
LEY N° 2093
LEY DE 8 DE JUNIO DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59ª, atribución 12ª., de la Constitución Política del Estado, se aprueba el “Protocolo Adicional al Convenio de Migración”, entre la República de Bolivia y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires, el 16 de diciembre de 1999, con el propósito de establecer un nuevo plazo de 180 días, para la regularización de la situación migratoria de nacionales de una Parte que se encontraren en el territorio de la otra Parte.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Félix Sánchez Veizaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de junio de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo, MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez.