La Ley N° 2108, promulgada el 29 de junio de 2000, aprueba y ratifica el "Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República de Bolivia" para la rehabilitación de las redes de agua potable y saneamiento en la ciudad de Santa Cruz, suscrito el 20 de diciembre de 1999. La ley se basa en la atribución del Artículo 59º, 12ª de la Constitución Política del Estado y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2108
LEY DE 29 DE JUNIO DE 2000
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª., de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el “Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República de Bolivia, (Rehabilitación de las Redes de Agua Potable y saneamiento en la ciudad de Santa Cruz), suscrito en La Paz el 20 de diciembre de 1999.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de junio de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Carlos García Suárez, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Javier Murillo de la Rocha,Walter Guiteras Denis, Rubén Poma Rojas.