La Ley N° 2131, promulgada el 4 de octubre de 2000, autoriza a Y.P.F.B. a transferir gratuitamente un edificio de su propiedad, ubicado en Santa Cruz de la Sierra, a la Universidad Boliviana Gabriel René Moreno, con el fin de atender el déficit de aulas en la facultad de Ciencias Económicas y Financieras. La norma se basa en el artículo 59, inciso 7, de la Constitución Política del Estado y debe ser remitida al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2131
LEY DE 4 DE OCTUBRE DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, inciso 7, de la Constitución Política del Estado, autorízase a Y.P.F.B. transferir a título gratuito el edificio de propiedad de Y.P.F.B. área comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, ubicado en la calle Chuquisaca y Saavedra a favor de la Universidad Boliviana Gabriel René Moreno de Santa Cruz, para cubrir el déficit de aulas de la facultad de Ciencias Económicas y Financieras.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Roberto Caballero Oropeza, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Walter Guiteras Denis, Ronald MacLean Abaroa, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga.