La Ley Nº 2142 autoriza al Tesoro General de la Nación la transferencia onerosa de un inmueble de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) a la Universidad Técnica de Oruro, destinado a la Casa de Huéspedes del Centro de Estudios de Post Grado. El precio de la transferencia será acordado entre las partes involucradas.
LEY Nº 2142
LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación, la transferencia, a título oneroso, del bien inmueble de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), ubicado en la esquina de la avenida 6 de Octubre y Aroma de la ciudad de Oruro, en favor de la Universidad Técnica de Oruro y con destino a la Casa de Huéspedes del Centro de Estudios de Post Grado.
ARTICULO SEGUNDO.- El precio de dicha transferencia será determinado por acuerdo de partes.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Roberto Caballero Oropeza, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Moisés Torres Ramirez
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Walter Guiteras Denis, José Luis Lupo Flores, Carlos Saavedra Bruno,Tito Hoz de Vila Quiroga.