La Ley Nº 2145, promulgada el 25 de octubre de 2000, establece la exención de impuestos a los bienes inmuebles para la población de Aiquile correspondiente a la gestión 1998. Además, los montos ya pagados por los contribuyentes en ese año se compensarán como crédito fiscal para gestiones futuras.
LEY Nº 2145
LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO PRIMERO.- Autorízase para la población de Aiquile, la exención de impuestos a los bienes inmuebles para la gestión 1998.
ARTICULO SEGUNDO.- Los montos pagados por los contribuyentes por concepto de impuestos a los inmuebles para la gestión 1998, serán compensados como crédito fiscal para las próximas gestiones.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Roberto Caballero Oropeza, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Moisés Torres Ramírez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Walter Guiteras Denis, José Luis Lupo Flores, Ruben Poma Rojas.