La Ley Nº 2151 autoriza al Gobierno Municipal de Tarija a transferir a título oneroso pequeñas extensiones de terreno de propiedad municipal (63.59, 40.12 y 54.70 m²) a favor de Marino Armella G., Marcelino Catari, y Justo y Cándido Villa Armella, ubicadas en el Barrio “Eduardo Abaroa” y la Plaza “Gran Chaco”, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal No. 167/98. La ley fue promulgada el 23 de noviembre de 2000.
LEY Nº 2151
LEY DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59º, atribución 7a., de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Tarija - Provincia Cercado a transferir a título oneroso y en correspondencia a su Ordenanza Municipal No. 167/98, pequeñas extensiones de terreno de propiedad municipal como son: 63.59, 40.12 y 54.70 m2., en favor de los señores Marino Armella G., Marcelino Catari y Justo y Cándido Villa Armella, situadas en el Barrio “Eduardo Abaroa” y la Plaza “Gran Chaco” de esa ciudad.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de noviembre de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R.Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Magin Roque Humerez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Walter Guiteras Denis, José Luis Lupo Flores.