La Ley Nº 2163, promulgada el 18 de diciembre de 2000, autoriza al Ministerio de Hacienda a transferir gratuitamente un inmueble de su propiedad, ubicado en Yacuiba, Tarija, al Gobierno Municipal de Yacuiba. Esta transferencia se realiza a título gratuito y se enmarca dentro de las competencias del Ministerio de Hacienda, con el objetivo de facilitar la gestión municipal.
LEY Nº 2163
LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al ministerio de Hacienda, la transferencia, a título gratuito, del inmueble de su propiedad, ubicado entre las calles San Pedro esquina Santa Cruz, de la localidad de Yacuiba de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, en favor del Gobierno Municipal de Yacuiba.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de diciembre de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Magin Roque Humerez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil años
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, José Luis Lupo Flores, Walter Guiteras Denis.