La Ley N° 2181, promulgada el 15 de marzo de 2001, declara la Segunda Sección de la Provincia Chiquitos (Pailón) y la Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz como Zona de Desastre Nacional. Autoriza al Poder Ejecutivo a utilizar de manera inmediata recursos del Tesoro General de la Nación y a canalizar fondos de cooperación internacional para acciones de emergencia y trabajos estructurales de prevención de riesgos, incluyendo estabilización de suelos y control de ríos y quebradas.
LEY N° 2181
LEY DE 15 DE MARZO DE 2001
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO PRIMERO.- Declárase Zona de Desastre Nacional, la Segunda Sección de la Provincia Chiquitos (Pailón), y la Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo, la utilización inmediata de recursos del Tesoro General de la Nación, así como la urgente canalización de fondos de cooperación internacional, tanto para las acciones de emergencia de corto plazo, cuanto para los trabajos estructurales de prevención de riesgos, estabilización de suelos, canalización de ríos, control de quebradas y torrenteras.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de marzo de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, J. Roberto Caballero Oropeza, Carlos García Suárez, Franz Rivero Valda, Magín Roque Humerez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de marzo de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Marcelo Pérez Monasterios, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores.