La Ley N° 2200, promulgada el 15 de mayo de 2001, autoriza al Poder Ejecutivo a transferir gratuitamente el inmueble "Casa de Huéspedes Sucre", de 1.536 m², propiedad de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, al Gobierno Municipal de Sucre. Esta transferencia se realiza con el propósito de construir la prolongación de la Av. Luis Paz y para el ordenamiento urbanístico del Barrio Petrolero, conforme al artículo 59º, numeral 7 de la Constitución Política del Estado.
LEY N° 2200
LEY DE 15 DE MAYO DE 2001
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- En cumplimiento del artículo 59º, numeral 7 de la Constitución Política del Estado, autorizase al Poder Ejecutivo la transferencia, a título gratuito, del inmueble “Casa de Huéspedes Sucre”, con una superficie de terreno de 1.536 m2 de propiedad de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Residual, inscrita en el registro de Derechos Reales, a fojas 77, partida Nº 155 del Libro de Propiedades de la Capital, en fecha 2 de abril de 1954, en favor del Gobierno Municipal de Sucre, con destino a la construcción de la prolongación de la Av. Luis Paz y el ordenamiento urbanístico del Barrio Petrolero.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de mayo de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Moisés Torres Ramírez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Marcelo Pérez Monasterios, José Luis Lupo Flores, Carlos Saavedra Bruno, Ronald MacLean Abaroa,