La Ley N° 2203, promulgada el 18 de mayo de 2001, modifica la Ley N° 1565 de 1994 de "Reforma Educativa" al incluir un representante de educación de la Iglesia Católica en los Consejos Departamentales de Educación y un representante de la Conferencia Episcopal Boliviana en el Consejo Nacional de Educación. Estas designaciones deben ser realizadas por la autoridad jurisdiccional correspondiente.
LEY N° 2203
LEY DE 18 DE MAYO DE 2001
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO PRIMERO.- Inclúyese en la conformación de los Consejos Departamentales de Educación, señalados en el acápite 4, del artículo 6º de la Ley Nº 1565, de 7 de julio de 1994 de “Reforma Educativa”, un Representante de Educación de la Iglesia Católica, designado por la autoridad jurisdiccional de la misma.
ARTICULO SEGUNDO.- Se incluye de igual modo, a un Representante de la Conferencia Episcopal Boliviana, en el Consejo Nacional de Educación, establecido mediante Ley Nº 1565, de 7 de julio de 1994, “Reforma Educativa”, Artículo 6º, acápite 6.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de mayo de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Marcelo Pérez Monasterios,Tito Hoz de Vila Quiroga.