La Ley Número 224 autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí a transferir gratuitamente y de forma perpetua un lote de terreno de 33 hectáreas, ubicado en Azángaro, cantón Chulchucani, a la Federación Departamental de Beneméritos de la Patria. Esta transferencia se destina a la construcción de instalaciones y campos de recreo y cultivo para beneficio de los afiliados de dicha federación.
LEY NUMERO 224
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Autorízase a la Prefectura del Departamento de Potosí, consolidar la transferencia y el loteo en favor de la Federación Departamental de Beneméritos de la Patria, a título gratuito y perpétuo, de un lote de terreno situado en el lugar denominado Azángaro (antigua pista de aterrizaje), en el cantón Chulchucani de la provincia Frías, con la extensión de 33 hectáreas adquiridas en virtud de escritura pública No. 15, de fecha 1º de febrero de 1941 y celebrada ante el Notario de Hacienda.
Artículo 2. Dicha transferencia de derechos está destinada a las construcciones e instalar campos de recreo y cultivo, en beneficio de los afiliados de la Federación Departamental de Beneméritos de la Patria.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de noviembre de 1962.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Flores A., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ciro Humboldt B., Senador Secretario, Eduardo Ochoa, Senador Secretario, Stanley Gamberos, Diputado Secretario, Hugo Suárez G., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze Murillo, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.