La Ley Nº 2278 autoriza al Servicio Nacional de Caminos a transferir gratuitamente la "Casa de Huéspedes" en Cobija, con un área de 808 m² de terreno y 199,50 m² construidos, a la Prefectura del Departamento de Pando. Esta transferencia tiene como destino el funcionamiento de las Oficinas y Sala de Sesiones del Consejo Departamental. La ley fue promulgada el 27 de noviembre de 2001.
LEY Nº 2278
LEY DE 27 DE NOVIEMBRE 2001
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, numeral 7° de la Constitución Política del Estado, autorizase al Servicio Nacional de Caminos, la transferencia a título gratuito, de la “Casa de Huéspedes” de la ciudad de Cobija, ubicada en la Avenida 9 de Febrero s/n de dicha ciudad, con una extensión de 808 metros cuadrados de terreno y un área construida de 199,50 metros cuadrados, cuyos límites son: Al Norte, con la Prefectura de Pando, con 37,70 metros; al Este, con la Avenida 9 de Febrero, con 21,15 metros; al Sud, con la Prefectura de Pando SEPCAM, con 37,70 metros; al Oeste, con la Prefectura SEPCAM, con 21,75 metros, en favor de la Prefectura del Departamento de Pando, con destino al funcionamiento de las Oficinas y Sala de Sesiones del Consejo Departamental.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil un años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca González, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil un años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Kempff Bruno.