La Ley Nº 2359, promulgada el 7 de mayo de 2002, aprueba el Convenio de Cooperación y Coordinación en Materia de Sanidad Agropecuaria entre el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria de Bolivia y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú, firmado el 5 de noviembre de 2001 en Lima. Esta norma establece un marco legal para la colaboración en sanidad agropecuaria entre ambos países, facilitando la coordinación de acciones y políticas en este ámbito.
LEY Nº 2359
LEY DE 7 DE MATO DE 2002
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Cooperación y Coordinación en Materia de Sanidad Agropecuaria entre el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaría del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la República de Bolivia y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura de la República del Perú, suscrito en Lima, el 5 de noviembre de 2001.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil dos años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de dos mil dos años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, Alan Jorge Bojanic Helbilgen MINISTRO INTERINO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL.