La Ley Nº 2376, promulgada el 22 de mayo de 2002, aprueba el Contrato de Crédito N° 3630-BO entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento – Banco Mundial, por un monto de hasta 62 millones de Derechos Especiales de Giro (DEG), destinado a financiar el Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras, que será ejecutado por el Servicio Nacional de Caminos. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 2376
LEY DE 22 DE MAYO DE 2002
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59, numeral 5), de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Crédito N° 3630-BO, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento – Banco Mundial, el 22 de abril de 2002, por la suma de hasta SESENTA Y DOS MILLONES 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO( DEG’s 62.000.000.-), destinados a financiar el Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras, a ser ejecutado por el Servicio Nacional de Caminos.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de mayo de dos mil dos años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil dos años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, José Abel Martínez Mrden MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO.