La Ley Nº 2392 aprueba el Contrato de Préstamo N° 1098/SF-BO entre Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto de hasta $10,000,000, destinado a financiar el Programa de Apoyo al Desarrollo Turístico Sostenible. Este programa será ejecutado por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, que establecerá una Unidad Ejecutora para el Subprograma 1, relacionado con la reglamentación y fomento del turismo sostenible, mientras que el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF) se encargará del Subprograma 2, que incluye inversiones en proyectos demostrativos y pequeños proyectos.
LEY Nº 2392
LEY DE 23 DE MAYO DE 2002
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59, numeral 5), de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo N° 1098/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 25 de enero de 2002, en la ciudad de Washington, por la suma de hasta DIEZ MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 10.000.000.-), destinados a financiar el Programa de Apoyo al Desarrollo Turístico Sostenible, a ser ejecutado por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, que conformará la Unidad Ejecutora para las actividades del Subprograma 1: Reglamentación y Fomento del Turismo Sostenible y delegará en el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF), la ejecución de las actividades del Subprograma 2: Inversión en proyectos demostrativos y Pequeños Proyectos.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de mayo de dos mil dos años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Felix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque,
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil dos años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Gonzalo Bernal Brito MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION.