La Ley Nº 2396 autoriza a la Prefectura del departamento de Beni a transferir gratuitamente terrenos del ex Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria (IBTA) al Gobierno Municipal de Riberalta, destinados a la construcción de la Escuela San José Obrero. La transferencia se regirá por el Decreto Supremo N° 25964, que establece las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
LEY Nº 2396
LEY DE 23 DE MAYO DE 2002
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1°.- De Conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, numeral 7), de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del departamento de Beni la transferencia a título gratuito, de los terrenos disponibles que eran de propiedad del ex Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria (IBTA), ubicados en la parte Noreste de la ciudad de Riberalta, zona C del plano oficial de la ciudad, en favor del Gobierno Municipal de Riberalta y con destino a la construcción de la Escuela San José Obrero.
ARTICULO 2°.- El procedimiento administrativo de la transferencia estará sujeto a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 25964, referido a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de mayo de dos mil dos años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Rubén E. Poma Rojas, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil dos años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Amalia Anaya Jaldín, Ramiro Cavero Uriona.