La Ley N° 24 eleva a rango de Cantón la población de Chiarumani, en la provincia Aroma del departamento de La Paz, incluyendo en su jurisdicción las comunidades de Machaca-Uyu, Tirocoma, Murachapi, Sasari, Chacoma, Ataquira, Isca-Kollo, Apuma y Kahuanota. Los organismos designados por ley serán responsables de fijar los límites del nuevo cantón. La ley fue promulgada el 4 de noviembre de 1960.
LEY N° 24
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Articulo 1. Elévese a rango de Cantón la población de Chiarumani, situada en la primera sección de la provincia Aroma del departamento de La Paz, al radio jurisdiccional de este Cantón pertenecerán las comunidades de Machaca- Uyu, Tirocoma, Murachapi, Sasari, Chacoma, Ataquira, Isca-Kollo, Apuma y Kahuanota.
Articulo 2. Los organismos señalados por ley, fijarán los límites del nuevo cantón.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 24 de octubre de 1960.
Mario Torres C, Presidente del H. Senado Nacional, Ernesto Ayala M., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fernando Ayala Requena, Senador Secretario, Alberto Lavadenz, Senador Secretario, Gmo. Muñoz de la B., Diputado Secretario, Armando Mollinedo, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO , Tcnl. E. Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.