La Ley Nº 2448, promulgada el 28 de marzo de 2003, declara de prioridad nacional la construcción del Hospital de Tercer Nivel en Oruro y ordena al Poder Ejecutivo buscar financiamiento nacional e internacional para su realización.
LEY Nº 2448
LEY DE 28 DE MARZO DE 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar de prioridad nacional, la construcción del Hospital de Tercer Nivel de la ciudad de Oruro.
ARTICULO SEGUNDO.- Se dispone que el Poder Ejecutivo busque financiamiento nacional e internacional, para la construcción del Hospital de Tercer Nivel en la ciudad de Oruro.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, V. Enrique Urquidi Hodgkinson, Fernando Velasco Cuellar, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Adolfo Añez Ferreira.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA José Guillermo Justiniano Sandoval Ministro de la Presidencia, Javier Comboni Salinas Ministro de Hacienda, Javier Tórrez Goitia Caballero Ministro de Salud y Deportes.