La Ley N° 2465, promulgada el 2 de mayo de 2003, establece la creación del Parque Natural y Área de Manejo Integrado El Cardón, ubicado en el Municipio de El Puente, Provincia Méndez, Departamento de Tarija, delimitado al norte por la carretera Iscayachi – El Puente y al sur por el camino Huarmachi – San Luis de Palqui. La administración del parque estará a cargo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), en coordinación con la Prefectura de Tarija, el Gobierno Municipal de El Puente y las comunidades locales. Se autoriza la inclusión de partidas presupuestarias necesarias y la gestión de recursos de cooperación internacional para su funcionamiento.
LEY N° 2465
LEY DE 2 DE MAYO DE 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO PRIMERO.- Créase el parque natural y aéreo de manejo integrado El Cardón, en la zona donde se ubican las comunidades de Huarmachi, Condorhuasy, Curqui y Copayito, Municipio de: El Puente, Provincia Méndez del Departamento de Tarija.
ARTICULO SEGUNDO.- El parque natural y área de manejo integrado estará ubicado dentro de los siguientes límites, al Norte con la carretera Iscayachi – El Puente, al Sur con el camino Huarmachi – San Luis de Palqui.
ARTICULO TERCERO.- La reglamentación y administración de esta área, estará a cargo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, en coordinación con la Prefectura de Tarija, el Gobierno Municipal de El Puente, y los comunarios del lugar.
ARTICULO CUARTO.- Por las características socioeconómicas del área, se dispone la incorporación de las partidas necesarias en los presupuestos institucionales del SERNAP, Prefectura de Tarija y el Gobierno Municipal de El Puente y se autoriza la tramitación de recursos provenientes de la cooperación internacional.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de abril de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Fernando Velasco Cuellar, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Marlene Fernández del Granado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de mayo de dos mil tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Moira Paz Estenssoro.