La Ley N° 2477, promulgada el 25 de junio de 2003, aprueba el Acuerdo del Programa de Cooperación Financiera Hispano-Boliviano, suscrito el 15 de abril de 2003, que establece un financiamiento de hasta 73.000.000 de Euros para la adquisición de bienes y servicios de origen español destinados a un Proyecto de Inversión Pública en Bolivia. La ley remite al Poder Ejecutivo para su implementación conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
LEY N° 2477
LEY DE 25 DE JUNIO DE 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, aprobar el Acuerdo del Programa de Cooperación Financiera Hispano – Boliviano, suscrito entre el Gobierno de Bolivia y el Reino de España, el 15 de abril de 2003, por un monto de hasta 73.000.000 de Euros (SETENTA Y TRES MILLONES DE EUROS), destinados a financiar bienes y servicios de origen español para Proyecto de Inversión Pública.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledezma, Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Franklin Anaya Vásquez Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Carlos Morales Landivar.